2. En primer lugar comenzaremos analizando el significado de dos términos ampliamente utilizados en la bibliografía: "desecho" y "residuo", para establecer si es posible o no su uso como sinónimos. De acuerdo al diccionario de la Real Academia Española tenemos las siguientes definiciones: Desecho Aquello que queda después de haber escogido lo mejor y más útil de algo. Cosa que, por usada o por cualquier otra razón, no sirve a la persona para quien se hizo.
3. Parte o porción que queda de un todo. Aquello que resulta de la descomposición o destrucción de algo. Material que queda como inservible después de haber realizado un trabajo u operación. De acuerdo a estas definiciones resulta claro que es posible utilizar ambos términos indistintamente. En idioma inglés el término ampliamente utilizado para referirse tanto a desecho como a residuo es "waste". Al momento de establecer que se considera "residuo", de la propia definición surge claramente que se trata de un término intrínsecamente subjetivo pues depende de los actores involucrados. Uno de los ejemplos más claros de que estamos frente a un término subjetivo es que, quien decide si un determinado objeto continúa siendo útil o no es su propietario. Otro ejemplo es cuando existe posibilidad de reciclaje y por lo tanto el residuo deja de serlo, transformándose en materia prima de otro proceso
4. Organización de las Naciones Unidas Todo material que no tiene un valor de uso directo y que es descartado por su propietario. Incluye cualquier material descrito como tal en la legislación nacional, cualquier material que figura como residuo en las listas o tablas apropiadas, y en general cualquier material excedente o de desecho que ya no es útil ni necesario y que se destina al abandono. .
5. Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) Todo material (sólido, semisólido, líquido o contenedor de gases) descartado, es decir que ha sido abandonado, es reciclado o considerado inherentemente residual. Convenio de Basilea Las sustancias u objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional
16. MARCO DE APLICACIÓN El almacenamiento de materiales deberá realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores Las sustancias peligrosas deberán almacenarse sólo en los recintos destinados para tales efectos, en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estar identificadas de acuerdo a las normas específicas
17.
18. NU, OACI, OMI CUALQUIER SUSTANCIA O MATERIAL QUE POSEE UN RIESGO POTENCIAL PARA LA SALUD, SEGURIDAD Y PROPIEDAD CUANDO ES TRANSPORTADO PARA SU COMERCIALIZACIÓN
19. OIT AQUELLAS SUSTANCIAS PRESENTES EN EL AMBIENTE LABORAL QUE PRESENTAN RIESGOS PARA LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EPA CUALQUIER SUSTANCIA VENENOSA QUE AMENACE A LAS FUENTES NATURALES Y AL MEDIO AMBIENTE CUANDO SE DESCARGA
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21.
22. RESPUESTAS IMPRESCINDIBLES ANTE UN ACCIDENTE ¿SABEMOS QUÉ SUSTANCIA ES? ¿ES INFLAMABLE? ¿ES PELIGROSO PARA LA SALUD? ¿CONOCEMOS CÓMO REACCIONA?
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24. SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN Norma Argentina NFPA ( National Fire Protection Association) ONU Número de identificación